Para mayor comodidad de los contribuyentes, la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) creó dos nuevos trámites por mail: la Solicitud y el Cese de la exención para Jubilados y Pensionados para el impuesto Inmobiliario/ABL.

Para solicitar la exención, las personas deben reunir las siguientes condiciones: ser propietario, condómino o usufructuario de un único bien inmueble destinado a vivienda propia, o inquilino de un inmueble para su uso personal y asumir la obligación de pago de la contribución; ocupar efectivamente el inmueble; y no ser titular de dominio o condómino de otro inmueble urbano o rural, en el ámbito del territorio nacional.

Además, los jubilados y/o pensionados para pedir la exención deben tener en cuenta su ingreso mensual y la valuación fiscal de su inmueble, condición necesaria para la AGIP al momento de asignar el porcentaje de exención. Para conocer más sobre los requisitos y cómo realizar los trámites, ingresar a la página web www.agip.gob.ar, a través del Canal de Autogestión.

De esta manera, la AGIP continúa trabajando para facilitar la autogestión a los contribuyentes.

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, agosto de 2016